El resumen inicial
Respuesta breve y directa, La edad mínima para ser autónomo en España es 18 años, existe excepción desde los 16 años en casos concretos de emancipación o autorización parental. Consulta Los pasos prácticos y Tabla, Edad y condiciones para actuar con rapidez. Guarda este dato para búsquedas rápidas y trámites inmediatos. Ten en cuenta documentación y límites según la situación personal.
- Edad general, 18 años para alta ordinaria.
- Excepciones principales, emancipación o autorización parental.
- Pasos urgentes, alta en Hacienda y RETA según tu caso.
| Edad | ¿Se puede ser autónomo? | Condiciones , notas |
|---|---|---|
| Menor de 16 años | No | Carece de capacidad legal, no procede alta como trabajador por cuenta propia. |
| 16 y 17 años | Sí, en casos concretos | Emancipación o autorización expresa de padres o tutores, presentar documentación. |
| 18 años o más | Sí | Plena capacidad, alta ordinaria en Hacienda y Seguridad Social. |
El marco legal aplicable
La normativa sobre autónomos regula alta y obligaciones en Hacienda y Seguridad Social. Consulta textos actualizados por el BOE y la Seguridad Social 2025 para detalles. Ten presente que la capacidad legal condiciona el alta y la contratación. Usa fuentes oficiales para evitar error en trámites.
La norma principal y fuentes oficiales
La normativa de la Seguridad Social define el RETA y obligaciones de cotización. Hacienda exige el modelo 036 o 037 para iniciar actividad y declarar A e IRPEl BOE publica textos consolidados actualizados en 2025 para consulta directa. Revisa las secciones sobre capacidad legal y requisitos para menores.
La capacidad, emancipación y efectos legales
La emancipación confiere capacidad para actos civiles y económicos, incluida la alta como autónomo. Se acredita con documento judicial o declaración de los progenitores cuando proceda según la ley. Presenta DNI y documento acreditativo en Hacienda y Seguridad Social para tramitar el alta. Solicita asesoría si hay duda sobre validez documental.
La figura del autónomo colaborador y su regulación
El autónomo colaborador pertenece a la unidad familiar y colabora en la actividad empresarial familiar. Existen requisitos de convivencia y dependencia económica para acogerse a esta figura. La regulación práctica afecta a cotización y beneficios fiscales específicos. Verifica condiciones con la normativa vigente y tu gestoría habitual.
Las excepciones y matices para menores
Los menores de 16 años no pueden darse de alta como autónomos, la regla es clara y estable. Los jóvenes de 16 y 17 años pueden operar si están emancipados o cuentan con autorización expresa de padres o tutores. La autorización debe identificar a menores y a los progenitores, y puede requerir legitimación notarial. Considera alternativas si la alta directa no resulta posible.
Los pasos prácticos para darse de alta
Completa el modelo 036 o 037 en Hacienda para comunicar inicio de actividad según tu epígrafe. Afíliate y date de alta en el RETA en el plazo indicado por la normativa para evitar sanciones. Elige base de cotización y mutua, y solicita bonificaciones si proceden para jóvenes. Conserva copias y presenta autorizaciones o documentos de emancipación cuando sean necesarios.
La alta en Hacienda y obligaciones fiscales
Usa el modelo 036 cuando precises información completa, el modelo 037 sirve para casos simplificados. Define epígrafe CNAE y régimen de A y retenciones desde el inicio de actividad. Presenta DNI o NIE y la documentación que acredite emancipación o autorización parental en su caso. Lleva registro de facturas y obligaciones fiscales desde el primer día operativo.
La afiliación y cotización en la Seguridad Social
Inscríbete en el RETA y comunica el alta según plazos legales para evitar recargos. Elige la base de cotización y solicita la tarifa plana si cumples requisitos aplicables a jóvenes. Aporta documento acreditativo de emancipación o autorización en la sede de la Seguridad Social cuando proceda. Comprueba fechas y plazos en la sede electrónica para gestionar todo online.
Las preguntas frecuentes que resuelven dudas habituales
¿Se puede ser autónomo con 16 años, Sí en casos de emancipación o con autorización parental, no si eres menor de 16 años. ¿Qué documentos necesitan padres y tutores, identificación, autorización firmada y posible legitimación notarial, además de justificantes de convivencia si se solicita. ¿Y si eres extranjero menor, necesitas NIE y permiso que habilite trabajo por cuenta propia, además de autorización o emancipación según el caso. ¿Alternativas al alta, contrato laboral, facturación por empresa familiar o cooperativa pueden ser opciones según la carga administrativa.
Los recursos, utilidades y recomendaciones SEO y prácticas finales
Consulta la Seguridad Social y Hacienda para textos actualizados y procedimientos oficiales publicados en 2025. Descarga PDF con checklist y modelo de autorización parental para agilizar trámites, y considera ver un vídeo guía breve si necesitas orientación visual. Implementa marcado FAQPage y HowTo en tu web para mejorar la visibilidad orgánica y la experiencia del usuario. Si tu caso resulta complejo, contacta una gestoría especializada o utiliza la sede electrónica para resolver dudas.
| Situación | Documentos principales | Trámites clave |
|---|---|---|
| Mayor de 18 años | DNI o NIE, modelo 036 o 037 | Alta en Hacienda, Alta en RETA, elección mutua |
| 16 y 17 años emancipado | Documento de emancipación, DNI, modelo 036 o 037 | Mismo proceso que mayor, aportar acreditación en registros |
| 16 y 17 años con autorización | Autorización firmada de padres o tutores, DNI | Presentar autorización en Hacienda y TGSS, verificar notaría |
| Extranjero | NIE, permiso de residencia y trabajo | Comprobar permiso para trabajo por cuenta propia, alta en Hacienda y TGSS |
